Tras la lectura de estas tres leyes de educación: la Ley Orgánica de Derecho de la educación (LODE), la Ley Orgánica de educación (LOE) y la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), he constatado varios cambios significativos que me gustaría destacar.
ADAPATARSE A LAS NUEVAS NECESIDADES
Una de las principales diferencias que he remarcado ha sido la modernización de la LOE respecto a la LODE en materia educativa tratando de adaptar los diferentes cambios que la sociedad experimenta entre las dos décadas existentes entre ellas. Así mismo, la LOE, presenta una redacción sobre las nuevas necesidades de los alumnos y de la educación en sí, utilizando expresiones como protección contra la agresión físca y moral, calidad, cambio social,etc ; y exponiendo como principios básicos los de igualdad de oportunidades, la importancia de que un niño en edad escolar sea escolarizado y el compromiso de los centros educativos, públicos y privados de promover la escolarización de todos los niños.
SEGUNDA LENGUA
Por otro lado la LOMCE decide tratar de acabar con un problema del aprendizaje de una segunda lengua extranjera tratando de reforzar ese aprendizaje desde el segundo ciclo de Educación Infantil hasta Bachiller; mientras que la LOE da más importancia al segundo idioma de un modo más secundario, y por tanto, no se consigue el dominio y la fluidez necesaria.
LIBERTAD DE ENSEÑANZA
En el preámbulo de la LOE se dice que "las familias son las primeras responsables de la educación de sus hijos y por ello el sistema educativo tiene que contar con la familia y confiar en sus decisiones", mientras que la LOMCE añade que son los padres los primeros responsables de la educación de sus hijos, y que la libertad de enseñanza reconocerá el derecho de los padres, madres y tutores legales a elegir el tipo de educación y el centro para sus hijos, en el marco de los principios constitucionales.
ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
En esta apartado analizamos las diferencias que existen principalmente entre las tres leyes en cuanto a la atención a la diversidad, entendiéndose como diversidad el hecho de que cada alumno posea características individuales diferentes en cuanto a la capacidad intelectual, el ritmo de aprendizaje, el rendimiento, las diferencias socio-culturales, etc
La LOGSE, en 1990, fue la primera ley que comenzó a integrar esta concepción de la educación, realizando procedimientos de prevención, detección y valoración del alumnado con necesidades educativas: “Los programas de estudios deben adaptarse a las necesidades de los niños y no al revés. Por consiguiente, las escuelas deberán ofrecer opciones curriculares que se adapten a los niños con capacidades e intereses diferentes”. Posteriormente, con el auge de alumnos inmigrados, comienza a desarrollarse la educación compensatoria, que trata de dar respuesta a las necesidades de estos estudiantes.
La LOE ha heredado de la LOGSE la concepción de atención a la diversidad desde un enfoque educativo flexivle proponiendo distintos itinerarios educativos con el objetivo de dar respuesta a los alumnos con diferentes capacidades de aprendizaje: Programas de Compensatoria, Programas de Cualificación Profesional Inicial, Programas de Diversificación Curricular y de otras estrategias metodológicas como las adaptaciones curriculares individuales y adaptaciones significativas (ACI/ ACIS), etc.
La LOMCE tiene en cuenta también las diferencias entre los alumnos intentando potenciar los talentos individuales y proponiendo diferentes trayectorias con el objetivo de que cada estudiante consiga desarrollar todo su potencial en Educación Secundaria
“La flexibilización de las trayectorias (…), se concreta en el desarrollo de programas de mejora del aprendizaje y el rendimiento en el segundo y el tercer curso de la Educación Secundaria Obligatoria, la anticipación de los itinerarios hacia Bachillerato y Formación Profesional, y la transformación del actual cuarto curso de la Educación Secundaria Obligatoria en un curso fundamentalmente propedéutico y con dos trayectorias bien diferenciadas. Esta diversificación permitirá que el estudiante reciba una atención personalizada que se oriente hacia la vía educativa que mejor se adapte a sus necesidades (…)”
CONSEJOS ESCOLARES
Las funciones del consejo escolar quedan reducidas en la LOMCE con respecto a la LOE como se muestra a continuación.
En la LOE, las administraciones educativas tienen la misión de garantizar la participación de la comunidad educativa en el gobierno a través del consejo escolar, contraria a la LOMCE que nos indica que las administraciones educativas garantizarán la intervención de la comunidad educativa en el gobierno a través de asociaciones.
En la LOE se destaca el hecho de que en los centros escolares no debe existir discriminación y los tutores han de actuar para evitarlo y mejorarlo, garantizándose esta igualdad de oportunidades y recursos complementarios por los centros públicos aprobados por el consejo escolar; mientras que en la LOMCE esta primera afirmación aparece pero en este caso los recursos complementarios para los centro públicos se aprueban por el director.
Por último según la LOE, el consejo escolar tiene que aprobar y evaluar los proyectos, normas y leyes, decidir sobre la admisión de alumnos y fijar las directrices para la colaboración, pero según la LOMCE, el consejo escolar tiene a mayores que evaluar los proyectos, normas y leyes; informar sobre la admisión de alumnos y sobre las directrices para la colaboración.
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